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PenalCódigo

Código Penal

Delitos, penas y responsabilidad penal — referencia sustantiva.

Fuente oficialLey 599 de 2000 (Código Penal)

Art. 82 · Artículo 82 — Extinción de la acción penal

Art. 82

Artículo 82 — Extinción de la acción penal

Artículo 82.Extinción de la acción penal. Son causales de extinción de la acción penal:

1. La muerte del procesado.

2. El desistimiento.

3. La amnistía propia.

4. La prescripción.

5. La oblación.

6. El pago en los casos previstos en la ley.

7. La indemnización integral en los casos previstos en la ley.

8. La retractación en los casos previstos en la ley.

9. Las demás que consagre la ley.

JURISPRUDENCIA [Mostrar]

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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