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MigratorioResolución

Resolución 5477 de 2022 (Visas)

Reglamentación de visas colombianas — referencia para categorías M, V, R y trámites migratorios.

Fuente oficialResolución 5477 de 2022 — Cancillería

Art. 47 · Artículo 47 — Visa V Cubrimiento periodístico

Art. 47

Artículo 47 — Visa V Cubrimiento periodístico

Artículo 47. Visa V Cubrimiento periodístico

Alcance: Para efectuar cubrimiento periodístico de corta duración en el país.

Requisitos específicos:

1. Los establecidos en el artículo 32 de la presente resolución;

2. Póliza de salud con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo en caso de accidente, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación, por el tiempo previsto para su permanencia en el país.

Vigencia: Hasta un (1} año. La permanencia otorgada para cubrimiento periodístico de corta duración o para permanecer temporalmente como corresponsal de prensa de medio extranjero no podrá superar los ciento ochenta (180) días calendario continuos o discontinuos.

Beneficiarios: Esta visa no permite solicitudes en calidad de beneficiario.

Restricciones: La visa V otorgada en esta calidad permite ejercer únicamente la actividad específicamente registrada y autorizada en la visa.

Parágrafo. Los portadores de pasaporte de países o territorios exentos de visa, determinados mediante Resolución, estarán exentos del trámite de este tipo de visa siempre que su permanencia en Colombia no exceda 180 días calendario y no reciba salario o sueldo en el país.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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