Skip to content

 

USD/COP —, EUR/COP —

Pagos
LuqueLaw
Todas las normas
CivilCódigo

Código Civil

Guardar en favoritos

Código civil colombiano — obligaciones, contratos, bienes, sucesiones y familia.

Leer de corrido →

Fuente oficialDecreto 410 de 1971 (Código Civil)

→ Art. 1191

Art. 1191

Artículo 1191. Las deudas confesadas en el testamento, i de que por otra parte no hubiere un principio de prueba por escrito, se tendrán por legados gratuitos, i estarán sujetos a las mismas responsabilidades i deducciones que los otros legados de esta clase.

Cargando aparato…

Comentarios(0)

Inicia sesión para comentar Entrar

Sé el primero en comentar esta sección.

Artículos CLKR relacionados

Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.